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Controversias en torno al proyecto de ley de economía circular en Francia

Hoy publicamos un artículo del blog Terraqui escrito por Alexandra Farbiarz, comunicóloga, formadora y coach, con más de 10 años de experiencia como responsable de comunicación para entidades públicas y privadas, como divulgadora y como organizadora de eventos técnicos y culturales, principalmente en el sector del medio ambiente.

El pasado 25 de abril de 2018, publicamos en el blog de Terraqui un artículo titulado “Francia publica su hoja de ruta hacia una Economía 100% Circular” . La propuesta de proyecto de ley sobre economía circular y una mejor gestión de los residuos  quiere responder precisamente a esta hoja de ruta y pretende que esté lista para su aprobación antes del verano.

Sin embargo, el texto propuesto ha suscitado malestar en el Senado que denunció haber sido informado del proyecto a través de la prensa el pasado 23 de enero cuando se cuenta con una comisión propia sobre economía circular y que ya ha anunciado su opinión contraria  a que sea una ley que prevé que una parte importante del derecho relativo a los residuos se acabe decidiendo mediante decretos.

El proyecto de ley pretende dar respuesta a la transposición de las directivas del Paquete de economía circular aprobadas a 30 de mayo del 2018: la Directiva 2018/851 marco de residuos, la Directiva 2018/852 de envases y residuos de envase y la Directiva 2018/850 sobre vertederos.

Esta propuesta supondrá cambios significativos en el Código de Medio Ambiente y en el Código del Consumo francés.

La propuesta de ley se articula en 6 grandes artículos:

  • Artículo 1: mejorar la información a los consumidores sobre las cualidades y características de los productos con el fin de permitir al consumidor realizar compras responsables. Para ello se quiere incorporar en el Código de Medio Ambiente un nuevo artículo que permita a las autoridades administrativas competentes establecer modalidades claras, precisas y armonizadas de información para los consumidores, sobre todo relativa a:
    • la reparación, reciclaje de los productos e incorporación del material reciclado;
    • las obligaciones de pago de los productores en función de criterios ambientales ligados al diseño, la duración del producto y al fin de la vida del producto, sobre los productos sometidos a la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP de ahora en adelante);
    • instrucciones para la separación de los residuos obtenidos de productos sometidos a la RAP;
    • modalidades de etiquetado de bolsas de plástico de un único uso;
    • informaciones relativas a la recuperación de productos utilizados por los distribuidores.

La infracción de la notificación de este tipo de información podrá ser sancionada con una multa que no podrá exceder 3000 euros para una persona física o 15.000 euros para una persona jurídica. Corresponderá a los agentes de la Dirección General de la Competencia, del Consumo y de la Represión de Fraudes de llevar a cabo este tipo de inspecciones.

El proyecto de ley también prevé, a partir de 2020, la señalización de un “índice de reparabilidad” sobre el modelo de la etiqueta de los equipos eléctricos y electrónicos de determinadas categorías de productos según modalidades que serán precisadas mediante decreto.

  • Artículo 2: facilitar y reducir el coste de la reparación. Este artículo propone extender, para equipos eléctricos y electrónicos y componentes de mobiliario, las obligaciones de información del consumidor sobre la no disponibilidad de piezas de repuesto, mientras que, hasta ahora, solo se imponía la visualización del período de disponibilidad de piezas de repuesto. Con ello el gobierno pretende dirigir al consumidor hacia la elección de productos más sostenibles.
  • Artículo 3: Fortalecer la lucha contra la publicidad que aliente el desecho prematuro de productos o la degradación deliberada del producto en un estado normal de funcionamiento. Para ello, este artículo desarrolla un marco claro dentro del cual cualquier comunicación dirigida a promover el desguace de productos debe asociarse sistemáticamente con un mensaje que fomente su reutilización o reciclaje para que los recursos que componen estos productos no se eliminen. Por otro lado, también pretende prohibir las publicidades que alientan a los consumidores a degradar voluntariamente los productos en un estado normal de funcionamiento, y que, por lo tanto, podrían reutilizarse para su uso.
  • Artículo 4: prevé la prohibición de la distribución de material publicitario no solicitado y catálogos comerciales con fines de promoción comercial para consumidores e impresos con tintas que contienen aceites minerales debido a su impacto ambiental particularmente negativo y costoso. Esta prohibición entraría en vigor, como tarde, el 1 de enero de 2022.
  • Artículo 5: prevé la prohibición de la eliminación de los textiles no vendidos, la ropa de hogar y el calzado dirigiéndolos principalmente hacia la reutilización y el reciclaje. Esta medida prevé incorporarse el 1 de enero de 2020.

  • Artículo 6: habilitación para la transposición de las directivas de residuos y reforma de la Responsabilidad Ampliada del Productor estableciendo una base de organización común para todas las entidades que la gestionan. Este punto recoge algunas de las reformas deseables a tener en cuenta respecto a las RAP según el informe Vernier de 2018. Este artículo incluye una larga lista de baterías de medidas, entre las que se destaca que, mediante decreto, se fijen las categorías de productos sometidos a la RAP, las modalidades de tratamiento de residuos, su recogida así como su transporte. También se establecen nuevas modalidades de gestión y de uso de las contribuciones financieras que aportan los productores en el marco de la RAP. Todo ello también supondrá una reforma de la gobernanza de los eco-organismos en un procedimiento de transparencia, que asegure que son entidades no lucrativas y con una misión de interés general. Dichas entidades también estarán sometidas a modalidades financieras y se le aplicarán mecanismos de garantías financieras para asegurar la continuidad del servicio si un eco-organismo no funciona bien. Este artículo también considera la posibilidad de definir un porcentaje de los residuos recogidos como productos sujetos al principio de responsabilidad extendida del productor para traspasarlos a los actores de la economía social y solidaria.

Sin embargo, la propuesta ha sido ya cuestionada el pasado 4 de febrero por el abogado Émile Meunier y más de 20 organizaciones del tercer sector, entre la que cabe destacar muchas entidades de la economía social y solidaria así como alguna del sector académico en una carta abierta al gobierno.

Traducimos, a continuación, parte de las demandas expresadas en esta carta:

Los firmantes de la carta consideran que el texto no proporciona soluciones concretas para transformar los patrones de consumo ya que se sigue en la lógica de la gestión de residuos en lugar de la preservación de los recursos. A los firmantes les preocupa la vaguedad de las medidas propuestas y que no haya demasiada legislación prevista para este cambio de paradigma como sería la relativa al ecodiseño, la reparación, el reacondicionamiento, la lucha contra la obsolescencia programada, embalajes y productos, especialmente los plásticos.

También señalan la falta de precisión en el proyecto de ley, por ejemplo, respecto al artículo de la obligación de información sobre la ausencia de disponibilidad de piezas de repuesto. También es el caso respecto a la prohibición de la destrucción de los productos que no han sido vendidos que se limita a los textiles.

Además, consideran que las medidas respecto a la normativa de publicidad son más bien simbólicas y no permite que los consumidores sean realmente informados del impacto ecológico de los productos.

Respecto a la responsabilidad ampliada del productor, ven pocas garantías en relación a los procedimientos para regular la gobernanza y transparencia de las organizaciones de RAP, el lugar que se le concede a la reutilización o a la reparación o también de la lucha contra el plástico, por lo que piden:

  • Cifrar los objetivos y proporcionar apoyo financiero para la reparación asignadas a las entidades de RAP; el replanteamiento de las entidades de RAP implica una refundición de la gobernanza, integrando los actores de la reutilización, de la reparación y del consumo sostenible, y más transparencia sobre todo en la atribución de la parte las obligaciones de pago de los productores en función de criterios bonus/malus (según sean más o menos ecológicos en su impacto) por marca; la creación de un fondo para el reempleo solidario, financiando los actores asociativos de reempleo solidario(…);
  • la puesta en marcha de un índice de durabilidad para el 2022, y no solo de un índice de reparación, así como la obligación de un contador de uso sobre los productos; la adopción de un objetivo de bajar las unidades de embalajes de plástico puestos en el mercado y de bajar el consumo de plástico a nivel nacional, así como el refuerzo de prohibiciones de ciertos productos de plástico de un solo uso;
  • la prohibición de la destrucción de todos los productos que no hayan sido vendidos y bienes en estado de uso, precisando que el reciclaje es una forma de destrucción; privilegiar el donativo de estos productos no vendidos a las personas que sufren más precariedad, para conciliar lo ecológico y lo social, o, en su defecto, la reutilización;
  • el reconocimiento de un verdadero derecho a la reparación que incluiría la libre elección del reparador, incluso no autorizado, y un libre acceso para este último a los planes de reparación, herramientas, programas de informática o repuestos; una duración mínima obligatoria de disponibilidad de piezas de repuesto de 5 años; el apoyo a la creación y al desarrollo de redes de formación de técnicos de reparación; visualización clara de la indisponibilidad de piezas de repuesto; creación de un fondo de apoyo a la reparación para disminuir su coste;
  • el compromiso para bajar el IVA sobre las actividades de reparación y de la reutilización para pasar a un IVA “circular” del 5,5% cuando las directivas europeas lo permitan; la creación de un cheque reparación;
  • hacer que la trazabilidad de todos los residuos de la construcción sea obligatoria y conforme a ciertos estándares de calidad, incluso para los residuos reutilizables y de las materias primas secundarias obtenidas de la reutilización,
  • apoyar el desarrollo de una etiqueta que permita evaluar la calidad de las reparaciones y de los productos reacondicionados;
  • imponer una mención ambiental sobre la publicidad para los productos con más impacto para el medio ambiente; prohibir toda publicidad no dirigida, la publicidad hacia menores y las falsas reducciones durante las rebajas.

Por ahora no se han pronunciado mediante comunicado oficial otras entidades que están aún estudiando el proyecto de ley para emitir su opinión al respecto. Por otro lado, el Gobierno ya  ha anunciado que los residuos y la economía entrarán en el “gran debate nacional”, una estrategia de diálogo nacional que el Presidente francés propuso para debatir grandes cuestiones de Estado que se cerrará el 15 de marzo, muy cerca de las próximas elecciones europeas.


afarbiarz@terraqui.com
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